¿Qué es el redescuento?
El redescuento es la actualización a valor presente del importe al cierre de los efectos a cobrar y a pagar con vencimiento, eliminando el componente de intereses del plazo pendiente. Los artículos 281 y 285 de la Ley de Procedimiento Tributario permiten a los contribuyentes que llevan contabilidad en base de balance aplicar el redescuento a sus créditos y deudas documentados en efectos.
- Descuento interno: Redescuento = Importe × Tipo × Días / (Base de días × 100 + Tipo × Días)
- Descuento externo: Redescuento = Importe × Tipo × Días / (Base de días × 100)
A efectos fiscales se utiliza el tipo de redescuento del Banco Central de la República de Turquía (CBRT) vigente en la fecha de la operación.