Plazos de Preaviso
Plazos de preaviso de 2, 4, 6 y 8 semanas según la antigüedad, conforme al artículo 17 de la Ley del Trabajo n.º 4857.
La parte que resuelve un contrato de trabajo indefinido debe preavisar a la otra parte. Los plazos están regulados en el artículo 17 de la Ley del Trabajo y pueden ampliarse, pero no reducirse, mediante el contrato de trabajo.
| Antigüedad | Plazo de preaviso |
|---|---|
| Menos de 6 meses | 2 semanas |
| 6 meses – 1,5 años | 4 semanas |
| 1,5 – 3 años | 6 semanas |
| Más de 3 años | 8 semanas |
La parte que no respeta el plazo de preaviso paga una indemnización equivalente al salario de ese periodo. La indemnización por falta de preaviso está sujeta al impuesto sobre la renta y al impuesto de timbre; no se retienen cotizaciones a la seguridad social.
Para el cálculo puede utilizar nuestra Calculadora de preaviso.
Última actualización: 22 de octubre de 2026. Esta página es meramente informativa; compruebe la normativa vigente antes de actuar.