Miembro de SFAI · red internacional en 70 países
Inicio / Guía práctica / Sanciones Especiales por Irregularidades (2026)
Sanciones

Sanciones Especiales por Irregularidades (2026)

Importes de 2026 según los artículos 353 y 355 de la Ley de Procedimiento Tributario, principalmente por incumplir las normas de facturación y documentación.

Facturas, justificantes de gastos, recibos de productor y recibos de profesionales (LPT 353/1)

Constatación Sanción (TRY)
1.ª constatación 17.000
2.ª constatación 35.000
3.ª constatación 53.000
4.ª constatación 70.000
5.ª constatación 87.000
6.ª y siguientes 170.000

La sanción total por cada tipo de documento en un año natural no puede superar 17.000.000 TRY. Los mismos importes escalonados se aplican a los tiques de venta minorista, los tiques de caja registradora y los albaranes (LPT 353/2).

Otras sanciones especiales principales

Infracción Sanción (TRY)
Incumplimiento de las normas contables y del plan de cuentas (353/6) 110.000
Incumplimiento de la obligación de información, entidades que usan NIF (353/9) 15.000
Titular de vehículo que no se detiene (353/10) 26.000
Operaciones sin utilizar número fiscal (353/7) 3.500
Negativa a facilitar información, comerciantes de primera clase y profesionales (355 adicional) 35.000
Negativa a facilitar información, comerciantes de segunda clase y método simplificado (355 adicional) 17.000
Justificación de cobros y pagos mediante bancos, etc., límite anual 35.000.000

Fuente: importes de 2026 fijados por el Comunicado General n.º 588 de la Ley de Procedimiento Tributario. En la aplicación de sanciones deben valorarse por separado las reducciones, la conciliación y la reincidencia.

Última actualización: 22 de octubre de 2026. Esta página es meramente informativa; compruebe la normativa vigente antes de actuar.

LlamarSolicitar propuesta