La información financiera relacionada con la sostenibilidad debe presentarse al mismo tiempo y para el mismo periodo de información que los estados financieros correspondientes. No obstante, como facilidad para el primer año, se permite publicar los informes de sostenibilidad después de los estados financieros correspondientes. En consecuencia, las entidades obligadas a presentar información intermedia pueden presentar sus informes de sostenibilidad junto con sus informes financieros intermedios del segundo trimestre o semestrales. Las entidades que, sin estar obligadas, presentan voluntariamente información intermedia pueden hacerlo junto con sus informes financieros intermedios del segundo trimestre o semestrales, siempre que sea dentro de los nueve meses siguientes al cierre del periodo cubierto por los estados financieros.
Las entidades que no presentan información intermedia, ni obligatoria ni voluntariamente, pueden presentar sus informes de sostenibilidad dentro de los nueve meses siguientes al cierre del periodo cubierto por los estados financieros.
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