El interés de demora está regulado en el artículo 112 de la Ley de Procedimiento Tributario y se calcula al tipo del recargo por demora. Se añade al impuesto en los casos de liquidación complementaria o de oficio.
Fuente: Ley de Procedimiento Tributario n.º 213 art. 112
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Recargo por demoraEs el recargo que se aplica por cada mes transcurrido desde el vencimiento cuando un crédito público no se paga a tiempo.Inspección tributariaEs la investigación y comprobación por la administración tributaria de la exactitud de los impuestos debidos a partir de los libros, registros y documentos del contribuyente.Ajuste por inflación (fiscal)Es el ajuste que se realiza conforme a la normativa fiscal, cuando se cumplen determinadas condiciones, para eliminar de los estados financieros los efectos de las variaciones de precios.AmortizaciónEs la imputación sistemática a gasto del coste de los activos no corrientes a lo largo de su vida útil.Aplazamiento del pago de impuestosEs el aplazamiento o fraccionamiento, a solicitud del contribuyente y con aportación de garantía, de un crédito público que no puede pagarse a su vencimiento.Asesor financiero jurado (YMM)Es el profesional habilitado para certificar la conformidad con la normativa de las declaraciones tributarias y de determinadas operaciones de los contribuyentes.
Última actualización: 22 de octubre de 2026 · Esta definición es meramente informativa.