El recargo por demora se aplica conforme a la Ley n.º 6183 sobre el Procedimiento de Recaudación de Créditos Públicos; su tipo se fija por decreto presidencial. El interés de demora y el recargo por regularización voluntaria se aplican al mismo tipo.
Fuente: Ley n.º 6183 art. 51
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Interés de demoraEs el interés que se aplica a los impuestos liquidados como resultado de una inspección tributaria, desde la fecha en que habrían debido pagarse si se hubieran liquidado a su debido tiempo.Regularización voluntariaEs la figura que evita la sanción por pérdida de recaudación cuando el contribuyente corrige espontáneamente una declaración incompleta o incorrecta antes de que la administración tributaria lo detecte.Ajuste por inflación (fiscal)Es el ajuste que se realiza conforme a la normativa fiscal, cuando se cumplen determinadas condiciones, para eliminar de los estados financieros los efectos de las variaciones de precios.AmortizaciónEs la imputación sistemática a gasto del coste de los activos no corrientes a lo largo de su vida útil.Aplazamiento del pago de impuestosEs el aplazamiento o fraccionamiento, a solicitud del contribuyente y con aportación de garantía, de un crédito público que no puede pagarse a su vencimiento.Asesor financiero jurado (YMM)Es el profesional habilitado para certificar la conformidad con la normativa de las declaraciones tributarias y de determinadas operaciones de los contribuyentes.
Última actualización: 22 de octubre de 2026 · Esta definición es meramente informativa.