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Mercado de capitales · 11 de enero de 2024

Anuncio del Comité de Mercados de Capitales sobre el ajuste por inflación

El boletín n.º 2023/81 del Comité de Mercados de Capitales, de 28.12.2023, incluyó un anuncio sobre la aplicación de la contabilidad por inflación.

El anuncio sobre la aplicación de la contabilidad por inflación incluido en el boletín n.º 2023/81, de 28.12.2023, publicado por el Comité de Mercados de Capitales (SPK) dice lo siguiente:

  1. Anuncio realizado en virtud de la Decisión del Comité n.º 81/1820, de 28/12/2023:

ANUNCIO SOBRE LA APLICACIÓN DE LA CONTABILIDAD POR INFLACIÓN

En su anuncio de 23.11.2023, la Autoridad de Supervisión Pública, Normas de Contabilidad y Auditoría hizo público que los estados financieros de las entidades que aplican las Normas Turcas de Información Financiera correspondientes a los ejercicios anuales que terminen el 31.12.2023 o después deben presentarse ajustados por los efectos de la inflación conforme a los principios contables de la Norma Turca de Contabilidad 29 "Información financiera en economías hiperinflacionarias" (TMS 29), y que las instituciones u organismos facultados para regular y supervisar sus propios sectores pueden fijar fechas de transición distintas para la aplicación de la TMS 29.

En consecuencia, se ha decidido que:

a) los emisores y las instituciones del mercado de capitales sujetos a la normativa de información financiera del Comité que aplican las Normas Turcas de Contabilidad/Información Financiera apliquen la contabilidad por inflación conforme a la TMS 29 a partir de sus informes financieros anuales de los ejercicios que terminen el 31.12.2023,

b) las instituciones del mercado de capitales y los emisores con un ejercicio especial apliquen la contabilidad por inflación conforme a la TMS 29 a partir de sus informes financieros anuales del primer ejercicio que termine después del 31.12.2023,

c) los plazos de comunicación establecidos en el Comunicado II-14.1 "Principios de información financiera en los mercados de capitales" y en el Comunicado II-14.2 "Principios de información financiera de los fondos de inversión" se amplíen en 10 semanas para los informes financieros anuales en los que se aplique por primera vez la TMS 29, y en 6 semanas para los dos primeros informes financieros intermedios de 31.03.2024 y 30.06.2024 y, en el caso de los que tienen un ejercicio especial, para los dos primeros informes intermedios que se elaboren tras los primeros informes anuales a los que se aplique la contabilidad por inflación.

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