Entidades que pueden quedar incluidas en el ámbito de la NIA-EMC
La versión turca de la Norma Internacional de Auditoría para auditorías de estados financieros de entidades menos complejas (NIA-EMC) puede aplicarse en la auditoría de los estados financieros de entidades menos complejas. Las características típicas de estas entidades son las siguientes:
1. Actividad y modelo de negocio
La actividad de la entidad se compone de un número limitado de líneas de negocio o fuentes de ingresos.
El sector en el que opera no conlleva elevadas exigencias regulatorias o prudenciales.
No implica riesgos financieros generalizados ni instrumentos financieros complejos.
2. Estructura organizativa
Tiene una estructura de dirección sencilla (por ejemplo, un equipo directivo clave de menos de 5 personas).
Tiene un número reducido de empleados.
No tiene una estructura compleja de asociadas, dependientes o sucursales (es decir, no elabora estados financieros de grupo).
3. Estructura de propiedad
La propiedad es transparente; los accionistas se conocen directamente.
Son empresas familiares o sociedades de pequeño tamaño.
4. Función financiera y sistemas informáticos
Utiliza programas de contabilidad sencillos, sin sistemas ERP personalizados.
Los procesos informáticos y el entorno de control interno no son complejos.
La función de información financiera está centralizada y la desempeña un número reducido de personas (por ejemplo, 5 o menos).
5. Información financiera
No existen estimaciones contables significativas ni modelos de valoración complejos.
Se utilizan marcos de información financiera sencillos (por ejemplo, las TFRS para pymes o normas locales).
6. Auditoría de grupo (si la hay)
Puede tratarse de estructuras sencillas formadas como máximo por unas pocas entidades (por ejemplo, 5 o menos).
Todos los componentes aplican políticas contables similares y el mismo periodo de información.
El proceso de consolidación es sencillo y no requiere ajustes complejos.
Entidades excluidas (prohibidas) de la NIA-EMC
Según el párrafo A.1, la NIA-EMC no puede aplicarse en los siguientes casos:
1. Situaciones prohibidas por la normativa
- Si la normativa nacional prohíbe el uso de la NIA-EMC o exige la aplicación de otras normas (por ejemplo, las NIA).
2. Entidades cotizadas
- Se excluyen todas las entidades de interés público o cuyas acciones se negocian en un mercado organizado.
3. Entidades de interés público
Quedan en todo caso fuera del ámbito de la NIA-EMC:
Las entidades que captan depósitos del público (por ejemplo, bancos y entidades de finanzas participativas).
Las entidades que prestan servicios de seguros al público (compañías de seguros y reaseguros).
Otras categorías específicas a las que los reguladores hayan prohibido el uso de la NIA-EMC (por ejemplo, sociedades holding financieras y fondos de pensiones).
4. Estados financieros de grupo (consolidados)
La NIA-EMC no puede utilizarse en auditorías de grupo. Excepción:
- Los casos en que los auditores de los componentes solo aplican procedimientos limitados (por ejemplo, recuentos de existencias o revisión de documentos).
Si alguna entidad del grupo pertenece a las categorías prohibidas anteriores, todo el grupo queda fuera del ámbito de la NIA-EMC.
Umbrales cuantitativos (los fijarán las autoridades locales)
La KGK o los reguladores fijarán los umbrales de tamaño para que una entidad pueda considerarse "entidad menos compleja".
- Por ejemplo, según la definición de la Comisión Europea:
Se consideran pequeñas empresas las que tienen menos de 50 empleados y cuyo volumen de negocios anual o balance total no supera los 10 millones de euros.
- En Turquía, estos umbrales pueden definirse de otra forma (por ejemplo, en función del activo total, las ventas netas y el número de empleados).
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Esta publicación tiene carácter meramente informativo y no sustituye al asesoramiento profesional.