Según la Decisión Presidencial n.º 6434, publicada en el Diario Oficial n.º 32029 de 30/11/2022, los umbrales se modificaron como sigue:
● Para las sociedades cuyos instrumentos del mercado de capitales no se negocian en una bolsa ni en otro mercado organizado, pero que se consideran de capital abierto conforme a la Ley de Mercados de Capitales n.º 6362 de 6/12/2012: activo total, cifra de negocios neta anual y número de empleados de 30 millones de TRY, 40 millones de TRY y 50 empleados, respectivamente,
● Para las sociedades de la Lista (II) anexa: activo total, cifra de negocios neta anual y número de empleados de 60 millones de TRY, 80 millones de TRY y 100 empleados, respectivamente,
● Para las sociedades no incluidas en los apartados anteriores: activo total, cifra de negocios neta anual y número de empleados de 75 millones de TRY, 150 millones de TRY y 150 empleados, respectivamente.
Además, con la Decisión Presidencial:
Las sociedades de financiación del ahorro se añadieron a la Lista (I) anexa a la Decisión,
Las sociedades exentas de auditoría independiente según la normativa de la Autoridad Reguladora del Mercado de la Energía se eliminaron de la Lista (II) anexa a la Decisión, y
Quedaron exentas de auditoría independiente las sociedades de financiación del ahorro cuya liquidación acordó la Junta de Regulación y Supervisión Bancaria conforme al cuarto párrafo del artículo provisional 7 de la Ley n.º 6361 sobre sociedades de arrendamiento financiero, factoring, financiación y financiación del ahorro de 21/11/2012, y cuya liquidación llevan a cabo comisiones liquidadoras nombradas por el Fondo de Seguro de Depósitos de Ahorro.
Para acceder a la Decisión Presidencial sobre la determinación de las sociedades sujetas a auditoría independiente, haga clic aquí.
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Esta publicación tiene carácter meramente informativo y no sustituye al asesoramiento profesional.