La consolidación proporcional es un método por el que un inversor integra línea a línea su parte de los activos, pasivos, ingresos y gastos de un acuerdo bajo control conjunto con las partidas similares de sus propios estados financieros. Con la antigua norma, la NIC 31 Participaciones en negocios conjuntos, podía utilizarse como opción para los negocios conjuntos. La NIIF 11 Acuerdos conjuntos, aplicable a los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2013, suprimió esta opción.
¿Cómo se aplicaba la consolidación proporcional?
En la consolidación proporcional, los activos, pasivos, ingresos y gastos del negocio conjunto se consolidaban en proporción a la participación del inversor.
Porcentaje de participación: por ejemplo, en un negocio conjunto en el que una empresa tenía una participación del 40 %, solo se consolidaban los activos, pasivos, ingresos y gastos correspondientes a ese 40 %.
Procedimiento de consolidación:
Activos y pasivos: la parte de la empresa se añadía a las partidas del balance.
Ingresos y gastos: la parte de la empresa se presentaba en la cuenta de resultados.
Participación de los demás partícipes: no se incluía en los estados financieros; solo se informaba de la parte de la empresa.
Acuerdos conjuntos según la NIIF 11
La NIIF 11 clasifica los acuerdos conjuntos en dos tipos y establece la contabilización de cada uno:
Operaciones conjuntas: las partes tienen derechos sobre los activos y obligaciones respecto de los pasivos del acuerdo. Cada parte reconoce sus propios activos, pasivos, ingresos y gastos y su parte de las partidas mantenidas conjuntamente. El resultado puede parecerse a la consolidación proporcional, pero lo que se reconoce son los derechos y obligaciones directos, no una participación.
Negocios conjuntos: las partes tienen derechos sobre los activos netos del acuerdo. La NIIF 11 exige contabilizar los negocios conjuntos por el método de la participación conforme a la NIC 28; no se permite la consolidación proporcional.
Control e influencia significativa: si el inversor tiene el control, consolida por integración global conforme a la NIIF 10; si solo tiene influencia significativa (asociada), aplica el método de la participación conforme a la NIC 28.
Ejemplo
En un negocio conjunto con una participación del 40 %, la antigua consolidación proporcional incorporaba línea a línea el 40 % de los activos, pasivos, ingresos y gastos. Según la NIIF 11, la inversión se presenta en una sola línea del balance como "inversión contabilizada por el método de la participación", y el 40 % del resultado del periodo del negocio conjunto se reconoce en una sola línea de la cuenta de resultados.
En resumen:
La consolidación proporcional ya no puede utilizarse para los negocios conjuntos según las NIIF.
Los negocios conjuntos se contabilizan por el método de la participación, y las operaciones conjuntas según los derechos y obligaciones que se tienen.
La presentación proporcional puede verse aún en algunos marcos locales o en la información de gestión, pero no se aplica a los negocios conjuntos en los estados financieros conformes a las NIIF.
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