Según las NIIF/TFRS, las partidas de "otro resultado global (ORG)" de las inversiones contabilizadas por el método de la participación (NIC 28 / TMS 28) se dividen en dos grupos:
1. Partidas que se reclasificarán a resultados (ORG reciclable)
Son partidas del ORG de la asociada o negocio conjunto que pueden reclasificarse posteriormente a resultados.
🔹 Ejemplos:
Diferencias de conversión de moneda extranjera (NIC 21): si la asociada o el negocio conjunto tiene una moneda funcional distinta, las diferencias de conversión se registran en el ORG. Cuando se enajena la inversión, estas diferencias acumuladas se reclasifican a los resultados del inversor.
Reservas de coberturas de flujos de efectivo (NIIF 9 / TFRS 9): las partidas de ORG derivadas de las relaciones de cobertura eficaces de la asociada o negocio conjunto también pertenecen a este grupo.
2. Partidas que no se reclasificarán a resultados (ORG no reciclable)
Estas partidas nunca se traspasan a resultados y permanecen en el patrimonio neto.
🔹 Ejemplos:
Ganancias y pérdidas actuariales de planes de prestación definida (NIC 19 / TMS 19): la parte del inversor en las diferencias actuariales de la asociada o negocio conjunto se reconoce en ORG y no se traspasa a resultados.
Instrumentos de patrimonio a valor razonable con cambios en otro resultado global (FVOCI): si la asociada o negocio conjunto registra un instrumento de este tipo en ORG, el inversor también reconoce su parte en ORG, y no se traspasa a resultados.
Superávits de revalorización del inmovilizado material (NIC 16 / TMS 16): la parte en los superávits de revalorización de la asociada o negocio conjunto también pertenece a este grupo.
3. Presentación
En las inversiones contabilizadas por el método de la participación, el inversor:
Reconoce en la cuenta de resultados su parte en el resultado neto de la asociada o negocio conjunto.
Reconoce en su propio estado de ORG su parte en el ORG de la asociada o negocio conjunto y la presenta separando las partidas "que se reclasificarán / que no se reclasificarán".
Así, el estado de ORG del inversor tiene dos apartados:
a) Parte del ORG que no se reclasificará (p. ej., diferencias actuariales).
b) Parte del ORG que se reclasificará (p. ej., diferencias de conversión).
Resumen:
A) Se reclasificará: diferencias de conversión, reservas de cobertura → se traspasan a resultados en la enajenación.
B) No se reclasificará: diferencias actuariales, instrumentos de patrimonio FVOCI, superávits de revalorización → permanecen en el patrimonio neto.
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