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Sostenibilidad · 17 de diciembre de 2025

El Parlamento Europeo adopta su posición sobre la propuesta Ómnibus

El 13 de noviembre de 2025, el Parlamento Europeo adoptó su posición negociadora sobre el primer paquete "Ómnibus", que reduce las obligaciones de información y de diligencia debida de las empresas.

El 13 de noviembre de 2025, el Parlamento Europeo adoptó su posición negociadora sobre el primer paquete "Ómnibus", que incluye cambios como la reducción de las obligaciones de información y de los requisitos de diligencia debida de las empresas.

La posición del Parlamento Europeo incluye reducir de forma significativa el ámbito de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad, de modo que solo abarque a las entidades con más de 1.750 empleados y un volumen de negocios neto anual superior a 450 millones de euros. También pretende limitar el ámbito de las entidades sujetas a la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad.

El Parlamento Europeo y el Consejo iniciarán las negociaciones tripartitas (trílogos) el 18 de noviembre, con el objetivo de alcanzar un acuerdo político antes de finales de 2025.

La Comisión Europea publicó el primer paquete "Ómnibus" el 26 de febrero de 2025. El paquete pretendía simplificar las normas de información de la UE relacionadas con el Pacto Verde Europeo.

¿Qué ha ocurrido?

El 13 de noviembre de 2025, el Parlamento Europeo adoptó su posición negociadora sobre el primer paquete "Ómnibus", que modifica la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD) y la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (CS3D). Como se indica en el comunicado de prensa, la posición fue aprobada por el Parlamento Europeo con 382 votos a favor, el 59% de los votos emitidos. Era el segundo intento de alcanzar un acuerdo en el Parlamento Europeo, tras la votación fallida del 22 de octubre.

La propuesta del Parlamento Europeo plantea dos grandes ámbitos de simplificación para las entidades sujetas a la normativa europea de sostenibilidad:

Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD)

La propuesta redefine el ámbito de la CSRD al establecer que solo las entidades con más de 1.750 empleados y un volumen de negocios neto anual superior a 450 millones de euros tendrían que seguir aplicando las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (NEIS/ESRS). Estas entidades también estarían sujetas al mismo ámbito en lo que respecta a las normas de la taxonomía.

La tabla siguiente compara las propuestas del Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión Europea objeto de los trílogos:

Requisitos actuales Propuesta Ómnibus de la Comisión Europea, de 26 de febrero de 2025 Posición del Consejo, de 23 de junio de 2025 Posición del Parlamento Europeo, de 13 de noviembre de 2025
Ámbito de la CSRD Entidades o grupos que superen al menos dos de los siguientes criterios: 250 empleados; 50 millones de € de volumen de negocios neto; 25 millones de € de balance total Entidades o grupos con más de 1.000 empleados y un volumen de negocios neto superior a 50 millones de € o un balance total superior a 25 millones de € Entidades o grupos con más de 1.000 empleados y un volumen de negocios neto superior a 450 millones de € Entidades o grupos con más de 1.750 empleados y un volumen de negocios neto superior a 450 millones de €
Pymes cotizadas en un mercado regulado Incluidas Excluidas Excluidas Excluidas
Entidades de fuera de la UE Volumen de negocios en la UE superior a 150 millones de € y (1) una dependiente "grande" o pyme cotizada o (2) una sucursal con volumen de negocios superior a 40 millones de € Volumen de negocios en la UE superior a 450 millones de € y (1) una dependiente "grande" o (2) una sucursal con volumen de negocios superior a 50 millones de € Volumen de negocios en la UE superior a 450 millones de € y (1) una dependiente "grande" o (2) una sucursal con volumen de negocios superior a 50 millones de € Al menos una dependiente o sucursal en la UE con un volumen de negocios neto superior a 450 millones de €

El Parlamento Europeo propuso además eximir de los requisitos de la CSRD a las entidades clasificadas como "sociedades financieras de cartera".

El Parlamento Europeo se mostró a favor de adoptar una norma de aseguramiento limitado de la UE antes de octubre de 2026, mientras que el Consejo no fijó ningún plazo.

El Parlamento también es partidario de que la Comisión Europea adopte una norma de información voluntaria basada en la recomendación de Norma Voluntaria de Información sobre Sostenibilidad para microempresas y pymes no cotizadas (VSME) publicada en julio. Esta norma fijaría el nivel máximo de información que una entidad incluida en el ámbito de la CSRD puede solicitar a sus socios de la cadena de valor.

El Parlamento votó asimismo a favor de adoptar guías sectoriales voluntarias para ayudar a las entidades y a los auditores a realizar la evaluación de materialidad.

Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (CS3D)

Según la posición del Parlamento, las grandes empresas con más de 5.000 empleados y un volumen de negocios neto anual superior a 1.500 millones de euros tendrían que cumplir la CS3D. Una entidad de fuera de la UE quedaría incluida en el ámbito de la CS3D si su volumen de negocios neto anual en la UE supera los 1.500 millones de euros.

Según la posición del Parlamento, las entidades sujetas a la CS3D ya no estarían obligadas a adoptar un plan de transición climática.

¿Qué sigue ahora?

El 18 de noviembre, el Parlamento Europeo y el Consejo iniciarán los trílogos con el objetivo de alcanzar un acuerdo político antes de finales de 2025. El texto final se someterá a votación tanto en el Parlamento Europeo como en el Consejo y probablemente se publicará en el Diario Oficial de la UE en el primer trimestre de 2026.

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